El decreto original, publicado el sábado, establece la prohibición de circular por la vía pública los sábados, domingos y festivos, entre la 1pm y las 5am, en los municipios de muy alto riesgo y extrema difusión de covid-19. Sin embargo, el decreto reserva la posibilidad de "viajes a las tiendas de comestibles y supermercados y otros establecimientos que vendan productos alimenticios y de higiene, para personas y animales", y ahora se aclara que esto no se aplica al acceso a eventos culturales y equipos, como se había publicado originalmente.

Además, se consideran excepciones los viajes de trabajo, por motivos de salud, asistencia a los ancianos, entre otros. La novedad en relación con los espectáculos culturales, que ya estaban fuera de las excepciones de circulación en los períodos de toque de queda, es que ahora se impide que sirvan de justificación para circular entre los municipios en los períodos de prohibición de los mismos. Al contrario de lo que ocurrió el último fin de semana de octubre y el día de Todos los Santos, en el que también se prohibió la circulación entre los municipios, no se permitirán viajes para asistir a espectáculos culturales.

Según el decreto gubernamental que regula la aplicación del nuevo Estado de Emergencia por la pandemia del covid-19 que entra en vigor el miércoles, se prohibirá la salida de la casa entre las 23 horas del 27 de noviembre y las 5 horas del 2 de diciembre y entre las 23 horas del 4 de diciembre y las 23:59 horas del 8 de diciembre "salvo por razones de salud u otras razones de urgencia imperiosa". El decreto establece diez excepciones a la prohibición de circular entre municipios del Portugal continental, en particular los desplazamientos para desempeñar funciones profesionales con una declaración emitida por el empleador o por el propio empleador, en el caso de los trabajadores por cuenta propia y de los empresarios en nombre de la persona.