La medida refuerza el alcance de una enmienda al Código del IVA realizada en el Presupuesto del Estado para 2020 que aumentó el valor de la exención del IVA para los contribuyentes del régimen simplificado de 10.000 a 12.500 euros.

Sin embargo, la norma preveía un régimen transitorio para el año 2020, estipulando que quienes abrieran la actividad hasta el 31 de marzo de 2020 mantendrían la exención si no superaban los 10.000 euros de facturación. Para quienes hayan abierto actividades después de esa fecha, la exención se limita a 11.000 euros de facturación.

La propuesta del CFP, presentada en el marco de los Presupuestos Generales del Estado para 2021 (OE2021) y aprobada el martes por la tarde con los votos favorables de todos los partidos, con la excepción del PSD que se abstuvo, prevé que los sujetos pasivos que "no hayan alcanzado una facturación superior a 12.500 euros en el año natural anterior y los tres años naturales precedentes" mantengan su exención del IVA.