En el marco de la modificación del estado de emergencia vigente desde el 14 de enero y de la prórroga por quince días más hasta el 30 de enero, el Gobierno ha determinado hoy una serie de medidas extraordinarias para "limitar la propagación de la pandemia y proteger la salud pública".

Entre las medidas se encuentran las restricciones a la circulación de la población, el teletrabajo obligatorio y el cierre del comercio, a excepción de los establecimientos de bienes y servicios esenciales.

Las normas generales incluyen permanecer en casa, limitar los contactos domésticos, reducir los desplazamientos para adquirir productos esenciales, llevar una mascarilla protectora, mantener la distancia física, lavarse las manos y respetar el protocolo respiratorio.

Confinamiento obligatorio

- Obligación general de permanecer en casa, cuando "la norma es permanecer en casa", excepto en caso de desplazamiento autorizado

- Se consideran desplazamientos autorizados la compra de bienes y servicios esenciales, la realización de actividades profesionales, la asistencia a la escuela, la práctica de actividades físicas y deportivas al aire libre o la participación en la campaña electoral o en la elección del Presidente de la República;

- El confinamiento obligatorio se aplica a las personas infectadas con covid-19 o bajo vigilancia activa por decisión de las autoridades sanitarias.

Educación

- Todos los centros educativos, guarderías, escuelas y universidades, están abiertos a la enseñanza presencial;

- Una "campaña permanente" de pruebas de antígenos en las escuelas para detectar los casos de infección por covid-19.

Trabajo

- Obligación de trabajar desde casa cuando las funciones correspondientes lo permitan, sin necesidad de acuerdo de las partes;

- El incumplimiento del teletrabajo se considera una falta muy grave.

Servicios públicos

- Los servicios públicos ofrecen atención presencial con cita previa y se refuerza la prestación de servicios a través de medios digitales y centros de contacto;

- Los juzgados siguen abiertos

Comercio y servicios

- Los establecimientos que pueden permanecer abiertos son las tiendas de comestibles y los supermercados, con una capacidad limitada a cinco personas por cada 100 metros cuadrados, pero sin restricciones de horario;

- Se permite la celebración de ferias y mercados en el caso de la venta de alimentos;

- Dentistas y farmacias abiertas;

- Peluquerías y barberías cerradas;

- Instalaciones culturales cerradas;

Restaurantes, bares y cafeterías

- Los restaurantes y establecimientos similares pueden funcionar exclusivamente para la venta de alimentos destinados a ser consumidos fuera del establecimiento mediante entrega a domicilio o "para llevar".

Deporte

- Gimnasios cerrados;

- Los pabellones y otros recintos deportivos, salvo los deportes individuales al aire libre y las actividades de entrenamiento y competición, están cerrados;

- Las selecciones nacionales y la 1ª división senior siguen en activo, incluida la 1ª Liga Portuguesa de Fútbol, pero sin público.

Ceremonias religiosas

- Las ceremonias religiosas están permitidas según las normas de la Dirección General de Salud;

Apoyo a la actividad económica

- Creación de medidas extraordinarias de apoyo a los trabajadores y a la actividad económica, a los contribuyentes, al sector cultural, a los consumidores y al comercio;

- Acceso automático al "despido" simplificado para las empresas obligadas a cerrar.

Régimen sancionador agravado

- Alteración del régimen de faltas y duplicación de las multas durante el estado de emergencia por incumplimiento de las medidas de lucha contra la pandemia;

- Infracción administrativa por no someterse a una prueba a la llegada al aeropuerto, con una multa de entre 300 y 800 euros.

Comisiones y precios

- En los servicios de entrega a domicilio, las comisiones de los restaurantes están limitadas al 20% y los gastos de entrega no pueden aumentarse;

- El gas embotellado (GLP) está sujeto a precios máximos.

Elecciones presidenciales

- Ejercicio del derecho de voto por adelantado para los electores que se encuentran en reclusión obligatoria, es decir, los ciudadanos que residen en estructuras residenciales para ancianos;

- Actos permitidos en el marco de la campaña electoral y la elección del Presidente de la República.