En una declaración leída por el presidente del TC, João Caupers, los jueces entendieron que las normas resultarían en una "restricción de los derechos fundamentales a la inviolabilidad de la correspondencia y de las comunicaciones y a la protección de los datos personales en el ámbito del usuario de la informática, como manifestaciones específicas del derecho a la reserva de la intimidad de la vida privada, en términos lesivos al principio de la personalidad".

En el origen de la sentencia formulada por los jueces del TC están las normas del artículo 5 del decreto 167/XIV, de la Asamblea de la República, que introduce modificaciones en el artículo 17 de la Ley de Ciberdelincuencia.

La versión actual del régimen legal para la incautación de correos electrónicos y registros de comunicación similares establece que es "competencia exclusiva de un juez", mientras que el documento aprobado en el parlamento señala sólo a la "autoridad judicial competente", una designación que puede incluir también al Ministerio Público (MP).

Según la nota leída a los medios de comunicación por João Caupers, "todavía hay cambios relevantes" en cuanto a la definición del objeto de las incautaciones y la referencia al artículo 179 del Código de Procedimiento Penal, que recoge el régimen jurídico de la incautación de la correspondencia.

El proceso de inspección abstracta preventiva por parte del TC había sido solicitado por Marcelo Rebelo de Sousa el 4 de agosto. En una nota publicada en la página web de la Presidencia de la República, el jefe de Estado dijo entonces que "el legislador aprovechó la oportunidad para cambiar normas no abordadas directamente por la directiva europea".

La ausencia de control previo por parte de un juez en cuanto a la ordenación o validación de la incautación de las comunicaciones es, según el Presidente en la solicitud enviada al TC, una alteración que "no constituye un mero 'ajuste', sino un cambio sustancial en el paradigma del acceso al contenido de las comunicaciones electrónicas, asumiendo que este acceso corresponde, en primer lugar, al Ministerio Público, que sólo lo presenta posteriormente al juez".