El diploma que modifica las medidas excepcionales y temporales relativas a la pandemia de la enfermedad de Covid-19, promulgado el martes por el Presidente de la República, Marcelo Rebelo de Sousa, y publicado hoy en el Diário da República, incluye las medidas ya anunciadas por el Consejo de Ministros, como el uso obligatorio de mascarilla en espacios cerrados y en el transporte público.

Apoyo social sin cambios

En declaraciones a Lusa, el secretario de Estado de la Presidencia del Consejo de Ministros, André Moz Caldas, subrayó que en esta fase se decidió no hacer ningún cambio en materia de ayudas sociales.

"Hemos definido un conjunto de prioridades desde el punto de vista del saneamiento de este sistema. Hemos decidido no modificar las normas de apoyo. Evidentemente, esta cuestión se volverá a tratar en otro momento. En este momento, todo lo referente a las ayudas se mantiene como estaba vigente hasta ahora", dijo.

Entre las novedades del diploma figura, por ejemplo, la ampliación del derecho a la paga por enfermedad en caso de contratación de Covid-19 hasta el 31 de diciembre, una medida que sólo estaba en vigor hasta finales de septiembre.

Trabajo a distancia

Pero también se establece que los inmunodeprimidos o las personas con hijos o dependientes a cargo con discapacidades o enfermedades crónicas tienen derecho al teletrabajo, siempre que sea aplicable, sin necesidad de acuerdo con el empresario.

Los inmunodeprimidos que necesiten una tercera dosis de la vacuna Covid-19 pueden seguir excusándose del trabajo siempre que presenten un certificado médico.

Uso de la mascarilla

También se enumeran las situaciones en las que es obligatorio el uso de mascarilla o visor, entre las que se encuentran los espacios comerciales, incluidos los centros comerciales, con una superficie superior a 400m2, las Tiendas Ciudadanas, los centros escolares, excepto en los patios de recreo, las salas de conciertos y eventos, las instalaciones deportivas, los establecimientos sanitarios, las residencias de ancianos o de personas con discapacidad, las unidades de atención integrada, los transportes públicos, incluidos los taxis y las TVDE y otras situaciones en las que su uso sea determinado por la Dirección General de Sanidad (DGS).

En el caso de los centros de trabajo, la obligatoriedad del uso de la mascarilla puede ser decidida por las empresas y en los colegios el uso es obligatorio en los espacios cerrados a partir de los 10 años o del 2º ciclo educativo, independientemente de la edad.

En bares y restaurantes, los trabajadores deben llevar mascarilla, así como en cualquier establecimiento comercial donde haya contacto físico con los clientes, eximiéndose de su uso sólo en los casos en que, por la naturaleza de su actividad, resulte inviable.

Pruebas de Covid-19

En cuanto a las pruebas de cribado de Covid-19 en las respuestas sociales, se determina que "es un gasto del subsistema de acción social, con independencia de la naturaleza jurídica de las entidades receptoras, que se realiza por el Instituto de la Seguridad Social, IP, hasta el 31 de diciembre de 2021, con la adquisición de servicios para la realización de pruebas diagnósticas de SARS-CoV-2, a realizar, de acuerdo con las normas de la Dirección General de Salud, a los trabajadores afectados por las respuestas sociales de apoyo a personas mayores, personas con discapacidad y niños".

Acceso a la playa

El decreto-ley publicado hoy no deroga aún el diploma con las normas de acceso a las playas y aprovecha para añadir normas que determinan la obligación de mantener una distancia física de un metro y medio en todas las zonas de acceso hasta el final de la temporada de baño.