"Valoramos el posicionamiento global de la Asamblea de la República, que supo escuchar a los ciudadanos y acercarse a sus demandas, reconoce Bianca Matos, consultora de la ANP|WFF, que recuerda que los cambios en la ley fueron el resultado de las duras críticas de las organizaciones ambientalistas y de los movimientos ciudadanos frente a la regulación y gestión de la minería realizada por el Gobierno".

Sin embargo, el nuevo título "queda muy lejos de las expectativas", señala el ecologista, explicando que "lo que ocurre en la extracción -uno de los puntos de partida de la cadena de valor del mineral- es decisivo para su uso responsable y para el fomento de la energía de transición, en un principio de desarrollo económico que debe basarse en tecnologías limpias, energías renovables y flujos circulares de materiales".

La Associação Natureza Portugal (ANP) -que trabaja en asociación con la organización internacional World Wide Fund for Nature (WWF), una de las mayores organizaciones del mundo para la conservación del medio ambiente- recuerda que presentó a la Asamblea de la República "un conjunto de preocupaciones que debían abordarse en la apreciación parlamentaria" del diploma, pero "varias quedaron fuera".

Por ejemplo, la organización considera "un error" no incluir en el nuevo estatuto la "exigencia de un Comité de Seguimiento y de una Evaluación de Impacto Ambiental en cualquier escenario de exploración".

Otro "error" fue también no prever "un fondo para ser gestionado de forma participativa por los municipios y comunidades afectadas por la concesión de las exploraciones", que podría ser "utilizado para mejorar las condiciones socioambientales locales".

Entre "los logros más relevantes", la ANF-WWP destaca "la aclaración de que las propuestas deben excluir de su ámbito de aplicación las áreas que forman parte de la Red Nacional de Áreas Protegidas, las áreas incluidas en la Red Natura 2000 y las áreas clasificadas bajo instrumentos de derecho internacional".

La nueva ley también recoge la "obligación" de realizar "sesiones de información pública dirigidas a las poblaciones de los territorios objeto de las prospecciones mineras".

El título también incluye la garantía de que la concesión del derecho de explotación sólo se produzca "siempre que se obtenga una decisión favorable, o condicionalmente favorable, en el marco de una evaluación de impacto ambiental".