Los votos en contra procedieron de los grupos parlamentarios de Chega y PCP y la mayoría de la bancada socialdemócrata.

La bancada del PS tuvo seis votos en contra, de los diputados Joaquim Barreto, Pedro CegonhoSobrinho Teixeira, Romualda Fernandes, Cristina Sousa y Maria João Castro. El socialista José Carlos Alexandrino también se abstuvo.

En la bancada del PSD, votaron a favor los diputados Catarina Rocha Ferreira, Hugo Carvalho, Isabel Meireles, André Coelho Lima, Sofia Matos y Adão Silva. Tres socialdemócratas se abstuvieron: Lina Lopes, Jorge Salgueiro Mendes y Ofélia Ramos.

En total, 210 diputados estuvieron presentes en el pleno. Según los datos facilitados por los servicios parlamentarios del hemiciclo, 122 diputados votaron a favor, 84 en contra y hubo cuatro abstenciones.

El decreto se está ultimando y aún debe ser examinado por el Presidente de la República, Marcelo Rebelo de Sousa, que puede promulgarlo, vetarlo o solicitar al Tribunal Constitucional la inspección preventiva del texto.

Al final de la votación, se escucharon aplausos de los diputados que votaron a favor.

El texto establece que la "muerte médicamente asistida no punible" se produce "por decisión de la persona, cuya voluntad es actual y reiterada, seria, libre y clara, en situación de sufrimiento de gran intensidad, con lesión definitiva de extrema gravedad o enfermedad grave e incurable, cuando sea practicada o auxiliada por profesionales sanitarios".

Esta vez, en comparación con el último decreto, los diputados suprimieron el requisito de la "enfermedad mortal".

En el texto hay un artículo con la definición de varios conceptos, entre ellos, el de "sufrimiento de gran intensidad", que se define como "sufrimiento físico, psíquico y espiritual, resultante de una enfermedad grave e incurable o de una lesión definitiva de extrema gravedad, con gran intensidad, persistente, continuo o permanente y considerado intolerable por la propia persona".

Una "enfermedad grave e incurable" se define como "una enfermedad potencialmente mortal, en fase avanzada y progresiva, incurable e irreversible, que provoca graves sufrimientos".

El texto sustitutivo también establece un plazo mínimo de dos meses desde el inicio del procedimiento para su aplicación, siendo además obligatoria la prestación de apoyo psicológico.