Con este proyecto, el Gobierno pretende eliminar las "excepciones actualmente previstas en la ley a la prohibición de fumar en lugares cerrados de uso colectivo", pero mantiene las que contemplan los servicios psiquiátricos, los centros de tratamiento y rehabilitación de personas con problemas de salud. dependencia y conductas adictivas y los centros penitenciarios.

El título señala que "los usuarios de estos espacios y los internos pueden encontrar dificultades, o incluso imposibilidades, para cumplir las restricciones al consumo de tabaco" y que, en el caso de los centros penitenciarios, pueden incluso crearse celdas o pabellones para internos fumadores, siempre que cumplan diversos requisitos establecidos en la ley.

Esta excepción permite, por tanto, fumar en espacios al aire libre, que deben estar previamente delimitados y señalizados, con condiciones para minimizar la exposición de terceros al humo ambiental y para que las emisiones no afecten al aire de los respectivos recintos cerrados.

Salas de fumadores en aeropuertos

"También se permite la creación de salas de fumadores en aeropuertos, estaciones de ferrocarril, estaciones de autobuses para pasajeros y en estaciones marítimas y fluviales para pasajeros en tránsito, dotadas de ventilación de acuerdo con las normas establecidas", dice el proyecto de ley.

En cuanto a los lugares en los que se hayan creado salas para fumadores, y a los que ahora se aplica la prohibición total de fumar, el título prevé un régimen transitorio hasta el 1 de enero de 2030. El Gobierno también pretende instaurar la prohibición de fumar en piscinas públicas y parques acuáticos , alegando que son lugares de ocio y frecuentados por menores y sus familias.

También se prohíbe fumar en las zonas cerradas de las redes de cajeros automáticos, así como "en las playas marítimas, fluviales y lacustres [lagos]" si así lo determina la dirección, administración o concesionario.

Con carácter general, el título establece la prohibición de fumar en las zonas exteriores de los centros de cualquier nivel de enseñanza, centros de formación y recintos deportivos y en los servicios y lugares donde se preste asistencia sanitaria, dado que son "frecuentados por niños, personas en formación, personas que practican deportes o personas enfermas, especialmente vulnerables a la exposición al humo ambiental".

Se prohíbe ahora la venta de tabaco a través de máquinas expendedoras en lugares situados a menos de 300 metros de establecimientos para menores de 18 años, centros docentes y centros de formación y la venta unitaria de cigarrillos y cigarritos una vez abiertos los respectivos paquetes.

En contra de lo anunciado inicialmente por el Gobierno, el diploma entregado ahora al Parlamento ya no contempla la prohibición de la venta de tabaco en las estaciones de servicio, un cambio que la ministra de Sanidad ha justificado hoy por la falta de alternativas de compra en muchas localidades.