"Las ofertas unitarias por valor superior a 150 (euros) y las que, en conjunto y procedentes de un mismo donante, superen dicho valor están sujetas al deber de comunicación al superior jerárquico/comité de Ética, Seguridad y Control".
El mismo documento establece que "los trabajadores no deben solicitar ni aceptar regalos, atenciones o cualquier beneficio que, de forma real, potencial o meramente aparente, pueda influir en el desempeño de sus funciones o les sitúe en una situación de obligación frente al donante".
"Los trabajadores no deben tratar de obtener una ventaja o beneficio basado en información a la que tengan acceso en el desempeño de sus funciones y que estén legalmente obligados a proteger".
La orden también añade que "la aceptación de ofertas o atenciones de escaso valor (objetos promocionales, recuerdos) no es objetable si no es frecuente y entra dentro de las normas normales de cortesía, hospitalidad o protocolo siempre que no pueda comprometer, en modo alguno, la integridad del trabajador o del servicio".
La noticia fue adelantada por Expresso, que se puso en contacto con una fuente oficial delSindicato de Trabajadores de Hacienda(STI), que explicó que la orden "mantiene esencialmente lo que había en la anterior".