El Parlamento aprobó el miércoles, en comisión, las medidas fiscales del Gobierno para la vivienda, que incluyen una reducción del IVA al 6% en la construcción de inmuebles destinados a vivienda habitual, con algunos cambios respecto a la propuesta original.
Según confirmó a Lusa el presidente de la Comisión de Presupuestos, Finanzas y Administración Pública, Rui Afonso, la medida fue aprobada con los votos en contra del PS, las abstenciones de Chega y Livre, y los votos a favor del PSD, Iniciativa Liberal y CDS-PP.
Esta medida había sido criticada, en particular por la responsable de la Orden de Censores Jurados de Cuentas(OCC), Paula Franco, que advirtió de que, tal y como estaba concebida, la aplicación del 6% de IVA a la construcción no era "viable".
Propuestas de enmienda
Por su parte, los grupos parlamentarios del PSD y CDS-PP presentaron una propuesta de enmienda, que establece que esta reducción deje de aplicarse si el inmueble no se destina a vivienda habitual y permanente o, en tal caso, "el adquirente no permanezca en el inmueble durante un plazo mínimo de 12 meses" y "en los supuestos en que el adquirente no destine el inmueble a vivienda habitual y permanente o, en tal caso, no permanezca en el inmueble durante un plazo mínimo de 12 meses, salvo que el incumplimiento de este plazo se debiera a circunstancias excepcionales de los casos". términos del § 23 del artículo 10 del Código del IRS, la aplicación de un aumento del IMT de 10 p.p.
En el texto final del proyecto de ley, divulgado por el Parlamento, la Comisión aprobó varias propuestas relativas a la vivienda, entre ellas la "exclusión de la tributación de las plusvalías resultantes de la transmisión de inmuebles residenciales, en caso de reinversión en la adquisición de inmuebles destinados al alquiler para vivienda", el "aumento del valor límite de la deducción a efectos del SII por los inquilinos en relación con las cantidades pagadas en concepto de alquiler mensual en los contratos de arrendamiento de vivienda, hasta 1.000,00 euros", así como "la aplicación de un tipo impositivo autónomo reducido del SII a las rentas inmobiliarias derivadas de contratos de arrendamiento destinados al alquiler de vivienda del 10%".
También contempla "la exención del IMT y del IS soportado en la adquisición de inmuebles destinados a arrendamiento residencial, arrendamiento para subarriendo residencial o subarriendo residencial", entre otras medidas.






