Un documento oficial publicado recientemente reconoce que, en situaciones de revaluación desfavorable del grado de discapacidad, los contribuyentes conservan el derecho a los beneficios fiscales, en línea con la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo.
Según la LPCC, el documento corrige la interpretación adoptada desde 2019, permitiendo a todos los contribuyentes que hayan perdido estos beneficios hasta 2024 inclusive recuperar las cantidades a las que tienen derecho mediante la presentación de declaraciones sustitutivas del IRPF.
"Esta decisión, que la LPCC ha defendido durante mucho tiempo, representa un paso significativo en la restauración de la justicia para miles de pacientes que se han visto injustamente perjudicados. Especialmente relevante es el hecho de que esta comprensión se aplicará ahora de forma general, abarcando a todos los contribuyentes y no sólo a los que recurrieron a los tribunales", subraya la institución en un comunicado.
La Liga Portuguesa Contra el Cáncer, sin embargo, subraya que el restablecimiento de estos derechos no es automático y sigue dependiendo de la iniciativa individual de los contribuyentes.
La LPCC afirma que, a pesar del cambio positivo, el régimen actual sigue teniendo limitaciones.
Los Presupuestos Generales del Estado para 2024 introdujeron un cambio en el Código del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Limita los beneficios fiscales para las minusvalías comprendidas entre el 20% y el 59% durante un periodo determinado y los reduce a lo largo del tiempo.
LPCC seguirá trabajando para encontrar soluciones justas y duraderas que protejan los derechos adquiridos y garanticen la estabilidad fiscal de los enfermos de cáncer.







