«Al haberse alcanzado el 80 % de utilización de la cuota única disponible […] se informa por la presente de que, en las salidas que comiencen a partir de las 00:00 horas del 6 de julio, queda prohibida la pesca dirigida a esta unidad poblacional en las zonas 8c, 8d, 8e, 9 y 10 del CIEM y en las aguas de la Unión de la zona 34.1.1 del CECAF», reza una nota de la Dirección General de Recursos Naturales, Seguridad y Servicios Marítimos (DGRM).
Estas zonas corresponden al sur del golfo de Vizcaya, a la zona de alta mar (mar abierto) del oeste del golfo de Vizcaya, a las aguas portuguesas y al banco de las Azores.
Los desembarques de esta especie están limitados al 5 % del total desembarcado por buque en cada campaña de pesca.








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