En el caso de países como la India, Nepal, Bangladés o Pakistán, «aunque estos trabajadores puedan acceder, en una situación de residencia legal y cotización, a las prestaciones previstas en el sistema portugués, la ausencia o insuficiencia de mecanismos de coordinación internacional limita la transferibilidad de los derechos adquiridos en situaciones de retorno, reemigración o movilidad circular», se lee en el estudio.

Los acuerdos bilaterales de Portugal

En el documento, los autores analizan los acuerdos bilaterales de Portugal en materia de seguridad social, que favorecen a países con una tradición migratoria hacia Portugal, como Brasil o Cabo Verde, en lugar de tener en cuenta nuevos lugares de origen.

Estos acuerdos «no son meros dispositivos técnicos de coordinación administrativa, sino instrumentos con relevancia política, institucional y distributiva», ya que permiten «la totalización de los períodos de cotización, la exportación de determinadas prestaciones y la articulación entre diferentes sistemas nacionales» y funcionan, de hecho, «como mecanismos selectivos de inclusión social, que estructuran las condiciones de acceso a la protección a lo largo de las trayectorias migratorias transnacionales».

Opciones políticas

En un documento titulado «Mapeo de la protección social más allá de las fronteras: acuerdos bilaterales de Seguridad Social en Portugal», los autores consideran que la elección de los países «refleja opciones políticas, asimetrías institucionales y diferentes concepciones de la ciudadanía social, lo que da lugar a jerarquías de protección que dependen en gran medida del origen nacional de los migrantes».

La comunidad extranjera más numerosa de Portugal es de origen brasileño (574 195 personas), seguida de Angola, la India, Cabo Verde, Nepal, Bangladés, Guinea-Bissau, Ucrania, Santo Tomé y Príncipe, Pakistán, Reino Unido, Italia, Francia, China y Alemania, y la población no nacional representa el 14 % del total.

En los últimos años, han surgido flujos «procedentes de países en los que la protección social transnacional sigue siendo inexistente, limitada o insuficientemente desarrollada».

En el análisis realizado, los autores distinguen varios tipos de acuerdos de protección social, no solo los relacionados con las pensiones de vejez, discapacidad o supervivencia, sino también las prestaciones por enfermedad, asistencia sanitaria, maternidad y paternidad, gastos familiares, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Cumplimiento de los requisitos

Entre los países que cumplen la mayoría de los requisitos, destacan Brasil y Cabo Verde, pero, «por el contrario, los inmigrantes procedentes de países con acuerdos restringidos o inexistentes se enfrentan a una importante discontinuidad en su protección social» fuera de Portugal y «esta situación es especialmente relevante para las comunidades que han cobrado importancia en la geografía migratoria portuguesa reciente, concretamente las procedentes del sur de Asia, como la India, Nepal, Bangladés o Pakistán».

Esta desigualdad no se da en el caso de los emigrantes portugueses, donde «los acuerdos bilaterales de Seguridad Social garantizan, de forma relativamente coherente, la transferibilidad de las pensiones de vejez, de invalidez y de supervivencia», con instrumentos que «permiten la totalización de los períodos de cotización acumulados en diferentes países, reduciendo el riesgo de pérdida total de derechos en la fase final del ciclo de vida».

Pero incluso en estos casos, la protección es «incompleta, dadas las formas contemporáneas de movilidad, caracterizadas por la precariedad, la circularidad y las trayectorias contributivas no lineales».

Crítica a la Unión Europea

En el documento, los autores también critican la falta de acceso de los inmigrantes no europeos a la protección social bilateral, debido a los requisitos de la propia UE.

La UE es una especie de «club de protección social avanzado, en el que la plena inclusión está garantizada legalmente, pero restringida externamente» a los ciudadanos de terceros países, y muestra una «desigualdad de trato», lo que alimenta «expectativas, percepciones de injusticia y frustraciones institucionales».

El «universo contributivo extranjero aumentó significativamente entre 2015 y 2025, al igual que el importe de las cotizaciones pagadas, lo que generó un saldo neto positivo récord en 2025» en Portugal, lo que demuestra que la protección social de los migrantes «no puede considerarse un coste periférico, sino una dimensión central de la cohesión social».

Por lo tanto, sostienen los autores, los acuerdos bilaterales son «elementos estratégicos de las políticas públicas, esenciales para garantizar la justicia contributiva, la integración social y la confianza institucional en un modelo de Estado social cada vez más dependiente de la movilidad internacional», sobre todo porque «una estrategia selectiva y fragmentada tiende a reproducir las desigualdades en el acceso a la ciudadanía social transnacional».