Las nuevas tablas reflejan la reducción del IRS y garantizan la exención de impuestos hasta 920 euros.

Las empresas, los servicios públicos, las autoridades locales, las IPSS (Instituciones Privadas de Solidaridad Social) y otros empleadores tendrán que procesar los salarios de este año de acuerdo con las nuevas tablas, definidas en una orden de la Secretaria de Estado de Asuntos Fiscales, Cláudia Reis Duarte.

Los nuevos tipos utilizados para calcular el importe que debe deducirse cada mes de los salarios y pensiones son inferiores a los vigentes a finales de 2025, en noviembre y diciembre, lo que refleja el efecto de tres medidas: la reducción de los tipos del 2º al 5º tramo, la actualización del 3,51% de los valores que definen los 9 tramos de renta y el aumento del mínimo de subsistencia a 12.880 euros, es decir, el mecanismo que garantiza la exención total o parcial del IRPF a las personas con salarios más bajos.

Para garantizar que los trabajadores que cobran el salario mínimo no tributen por IRPF, las tablas salvaguardan que el tipo de retención sea del 0% hasta 920 euros brutos al mes, en línea con el nuevo salario mínimo.

Las pensiones hasta 920 euros tampoco estarán sujetas a retención en el IRPF.

Corrección de importes

Si las empresas y otras entidades pagadoras no aplican las nuevas tablas este mes de enero, tendrán que corregir los importes en febrero. Aunque la orden del Gobierno no lo menciona, es lo que resulta de las normas generales del Código del Impuesto sobre la Renta. Cuando una entidad pagadora detecta un error en la cantidad retenida, debe rectificarlo en la siguiente retención o en retenciones posteriores si la cantidad en exceso no puede rectificarse en una sola retención.

Con las nuevas tablas, un trabajador con un salario bruto mensual de 1.000 euros, soltero y sin hijos, pagará 35 euros de IRPF al mes, cuando hasta ahora pagaba 56 euros, según cálculos de Lusa.

Un trabajador soltero y sin hijos que gane 1.200 euros brutos al mes pagará 96 euros de IRPF cada mes, 11 euros menos que antes (107 euros al mes). Si tiene un hijo, pagará 61 euros, y si tiene dos, 27 euros, también por debajo de las últimas cantidades retenidas en 2025.

Si un trabajador con un salario bruto de 1.200 euros está casado con alguien que también percibe ingresos, y si no tienen hijos, pagarán 96 euros de IRPF, lo mismo que una persona soltera sin hijos. Si tienen un hijo, pagarán 74 euros de IRPF, y si tienen dos hijos, 53 euros.

En otro ejemplo, con un salario de 1.600 euros, la desgravación es de 13. Un trabajador soltero sin hijos pagará ahora 192 euros al mes de IRPF, cuando hasta ahora pagaba 205 euros. Si tiene un hijo, la retención baja a 170 euros, y si tiene dos, a 149 euros.

Los que ganan 2.500 euros, si son solteros y sin hijos, pagarán ahora 471 euros de IRPF en lugar de 492, lo que supone una reducción mensual de 21. Si están casados y tienen un hijo, pagarán 449 euros, y si tienen dos hijos, 428 euros.

Para un salario superior de 3.500 euros, la reducción mensual es de 22 euros para una persona soltera sin hijos, que ahora pagará 857 euros en lugar de 879 euros. Si están casados y tienen un hijo, pagarán 836 euros, y si tienen dos hijos, 814 euros.

El porcentaje de IRPF a retener varía de un contribuyente a otro, en función de su situación personal y familiar. El importe final depende no sólo del nivel de remuneración, sino también de si el contribuyente es soltero o casado, cuántos hijos tiene y si la persona con la que está casado también obtiene ingresos o no.

La retención también es diferente si el contribuyente es una persona con discapacidad. En el caso de los pensionistas, la retención también es menor si el pensionista es un miembro discapacitado de las Fuerzas Armadas.