En una breve nota publicada en el sitio web de la Presidencia, se describe que se promulgó el diploma que modifica la Ley nº 37/2012.

El decreto ley fue aprobado por la Asamblea de la República el 5 de noviembre, con votos favorables de todos los partidos.

Los proyectos de ley en cuestión proponían cambios en el Estatuto del Donante de Sangre, para poner fin a la discriminación de los donantes por su orientación sexual e identidad de género, tras las denuncias de situaciones que aún persisten.

El texto final define que podrán donar sangre "quienes cumplan con los criterios de elegibilidad definidos de manera objetiva, clara y proporcional, y que respeten los principios de confidencialidad, equidad y no discriminación, por orden del Ministerio de Salud".

"Los criterios de elegibilidad definidos en los términos del número anterior no pueden discriminar al donante de sangre por su orientación sexual, su identidad y expresión de género y sus características sexuales", reza el texto.

Además, se define que "es responsabilidad de los centros de transfusión sanguínea garantizar que los donantes de sangre cumplan con todos los criterios de elegibilidad y que estos criterios se apliquen de manera objetiva, igual y proporcional a todos los candidatos".

En el mismo artículo, referido a la donación de sangre, se establece también que el Instituto Portugués de Sangre y Trasplantes "promueve la formación de los profesionales sanitarios que trabajan en esta materia, de acuerdo con los criterios y principios definidos en los términos de este artículo".

El texto final también define la promoción, por parte del Instituto Portugués de Sangre y Trasplantes, "en colaboración con las instituciones educativas", de una campaña anual "para fomentar la donación de sangre por parte de los jóvenes".

En octubre de este año, el Instituto Portugués de la Sangre inició tres procesos de investigación contra profesionales por supuestas prácticas discriminatorias en la donación de sangre de hombres homosexuales, entendiendo que no hay hechos que justifiquen las infracciones disciplinarias.