1. 1. Conformidad del fondo y elegibilidad para el programa Golden Visa de Portugal.
Aunque los dictámenes jurídicos no suelen ser vinculantes, los emitidos por determinadas entidades autorizadas pueden considerarse concluyentes y ofrecer garantías a los inversores. Todo inversor potencial debería solicitar siempre dos dictámenes jurídicos:
a. Uno de una firma contable de las Cuatro Grandes para validar los estatutos del fondo y garantizar el cumplimiento del marco regulador.
b. Uno de un importante bufete de derecho administrativo para confirmar la elegibilidad en virtud de la legislación Golden Visa, especialmente teniendo en cuenta las múltiples modificaciones del Decreto-Ley en los últimos cinco años.
Se trata del mismo tipo de entidades en las que confían organismos oficiales como la autoridad de inmigración (AIMA) y el regulador de los mercados (CMVM) a la hora de evaluar el cumplimiento y la elegibilidad de un fondo.
La recomendación es: NO INVERTIR NUNCA EN UN FONDO -YA SEA ABIERTO O CERRADO, INDEPENDIENTEMENTE DEL SECTOR- A MENOS QUE PRESENTE AMBOS DICTÁMENES LEGALES: UNO DE UN DESPACHO DE LAS CUATRO GRANDES Y OTRO DE UN DESPACHO DE DERECHO ADMINISTRATIVO DE PRIMER NIVEL.
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2. Los mecanismos de recompra deben evaluarse cuidadosamente.
Estos mecanismos son legales y están permitidos, pero su estructura y aplicación requieren un examen minucioso.
Sea cual sea el mecanismo, debe figurar explícitamente en los estatutos del Fondo.
Si se trata de acuerdos paralelos, cartas complementarias o contratos con entidades promotoras/inversionistas u otros vehículos de terceros, estos documentos - y cualquier derecho derivado de ellos - quedan fuera de la acción inmediata y directa del regulador (CMVM).
En tales casos, cualquier disputa debe resolverse a través del sistema judicial portugués, lo que puede dar lugar a procedimientos judiciales largos e inciertos.
La recomendación es: NUNCA INVIERTA EN UN FONDO CON UN MECANISMO DE RECOMPRA QUE DEPENDE DE ENTIDADES TERCERAS, CARTAS ADICIONALES O ACUERDOS EXTERNOS. INVIERTA SÓLO SI TODAS LAS CONDICIONES SE ESTABLECEN DE FORMA TRANSPARENTE Y EXPLÍCITA EN LOS ESTATUTOS DEL FONDO.
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3. Consideraciones importantes a la hora de invertir en fondos abiertos en Portugal
Los fondos abiertos pueden parecer atractivos por su flexibilidad, pero en el contexto portugués presentan riesgos notables que los inversores deben considerar cuidadosamente.
a. Baja liquidez en el mercado portugués. Los fondos que invierten en renta variable cotizada en Portugal se enfrentan a un mercado limitado e ilíquido. Los volúmenes de negociación son bajos y pocas empresas se negocian activamente. La salida de posiciones -especialmente en tiempos de volatilidad- puede ser lenta y costosa.
b. Liquidez limitada en deuda pública y corporativa. Cuando los fondos se centran en deuda soberana o corporativa, la situación es similar. El mercado de bonos de Portugal es relativamente pequeño y la negociación secundaria es limitada, lo que significa que la liquidez no está garantizada cuando se solicitan reembolsos.
c. Baja rentabilidad - Los instrumentos financieros utilizados habitualmente en estos fondos -especialmente los bonos públicos o la deuda corporativa de bajo rendimiento- suelen ofrecer rentabilidades modestas. Esto puede erosionar el valor de la inversión con el paso del tiempo, sobre todo si se compara con las opciones alternativas disponibles en los mercados internacionales.
d. Desajuste de liquidez y riesgo de reembolso. Las estructuras abiertas permiten a los inversores reembolsar periódicamente, pero los activos subyacentes pueden no ser líquidos. Esto crea un desajuste, ejerciendo presión sobre los gestores de fondos y afectando potencialmente a todos los inversores durante los periodos de elevado reembolso.
La recomendación es la siguiente: LOS INVERSORES DEBEN EVALUAR CUIDADOSAMENTE LA COMPOSICIÓN DEL ACTIVO Y LA ESTRATEGIA DE LIQUIDEZ DEL FONDO, Y TENER CUIDADO CON LOS FONDOS ABIERTOS CUYO ACTIVO ESTÉ VINCULADO A MERCADOS O INSTRUMENTOS ILÍCITOS. ES FUNDAMENTAL CONOCER LA POLÍTICA DE REEMBOLSO DEL FONDO Y SU CAPACIDAD PARA HACER FRENTE A LOS REEMBOLSOS.
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