Según la Dirección Regional de Salud, a pesar de que "las altas coberturas de vacunación en la región y la situación epidemiológica actual avalan, como estrategia de flexibilización gradual, progresiva y proporcionada de las medidas de salud pública implantadas en el contexto pandémico, el uso de mascarillas sigue siendo una importante medida de contención de la infección, especialmente en los entornos y poblaciones con mayor riesgo de contagio del SARS-CoV-2".

La medida incluye también a los centros educativos, docentes y guarderías, excepto en los espacios recreativos al aire libre, las salas de conciertos, las salas de exhibición de películas cinematográficas, los palacios de congresos, los lugares de celebración de eventos de carácter corporativo, los lugares improvisados para eventos, en concreto culturales o similares, y los lugares de celebración de eventos de cualquier naturaleza y deportivos.

La obligatoriedad del uso de la mascarilla se extiende también a los establecimientos y servicios sanitarios, a las estructuras residenciales o de acogida o a los servicios de apoyo domiciliario para poblaciones vulnerables, personas mayores o personas con discapacidad, así como a las unidades de atención continuada integrada de la Red Nacional de Atención Continuada Integrada, y a otras estructuras residenciales y respuestas dedicadas a la infancia y la juventud.

La circular impone el uso de mascarillas en los lugares en los que así se determine en las normas de la Dirección General de Sanidad, en el uso del transporte público de viajeros, incluido el aéreo, así como en el transporte de viajeros en taxi o TVDE.