Según el documento, el Gobierno considera que la obligatoriedad del uso de mascarilla en espacios interiores puede ser "objeto de un nuevo encuadre, continuando con la proporcionalidad de las medidas restrictivas a las circunstancias de la infección que se produzcan en cada momento".

"Así, el Gobierno limita la obligatoriedad del uso de mascarilla a los lugares caracterizados por la especial vulnerabilidad de las personas que los frecuentan y a los lugares caracterizados por un uso intensivo sin alternativa, teniendo en cuenta el especial deber de vigilancia y mantenimiento de la sensación de seguridad de la comunidad", reza.

Según el decreto-ley, el uso de la mascarilla seguirá siendo obligatorio en los establecimientos y servicios sanitarios, en las estructuras residenciales o de acogida o en los servicios de ayuda a domicilio para poblaciones vulnerables, así como en los transportes colectivos de pasajeros, incluidos los aéreos, y en los taxis.