Aunque el Reglamento (UE) 2024/1624 establece este límite máximo común para el espacio europeo, la norma, que sólo se aplicará a partir de julio de 2027, permite a los Estados miembros mantener restricciones más estrictas, como ocurre actualmente en Portugal, para luchar contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

En el marco jurídico actual, la norma general impide cualquier pago o ingreso en efectivo de un importe igual o superior a 3.000 euros para la mayoría de los ciudadanos residentes.

Este límite se hace aún más estricto para las empresas (sujetas al impuesto de sociedades) y los profesionales con contabilidad organizada, que están obligados a utilizar medios de pago rastreables, como la transferencia bancaria, el cheque nominativo o el débito directo, para cualquier transacción de 1.000 euros o más.

No obstante, existen excepciones y especificidades que los contribuyentes deben conocer. En el caso de los pagos de impuestos, la Ley nº 92/2017 es aún más estricta, prohibiendo los pagos en efectivo por importes superiores a 500 euros. Por otro lado, el límite se amplía a 10.000 euros solo cuando se trate de personas físicas no residentes en territorio portugués, siempre que no actúen como empresarios o comerciantes.

El Banco de Portugal recuerda también que estas restricciones de pago no deben confundirse con las normas de circulación transfronteriza: cualquier viajero que entre o salga de la Unión Europea portando 10.000 euros o más en efectivo sigue estando obligado a declarar el importe a las autoridades aduaneras, so pena de retención del dinero y aplicación de sanciones.

Así pues, a pesar de la nueva directiva europea, Portugal mantiene sus estrictas normas sobre el uso de efectivo, dando prioridad a la transparencia en las transacciones financieras diarias.